RETOALIMENTACION DE CONTRATO DE TRABAJO
1. ¿Qué es contrato de trabajo?
Es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero y aquel a pagar por estos servicios de remuneración determinada
2. ¿Quién puede firmar el contrato de trabajo?
El gerente o empresario y el trabajador
3. Cuál es la duración máxima de un periodo de prueba
No podrá exceder de 6 meses para los técnicos titulados de 2, es para el resto de los trabajadores, en las empresas con menos de 25 el periodo de prueba no podrá exceder de 3 meses
4. Como y quien puede rescindir la relación laboral durante el periodo de prueba
Cualquiera de las partes puede rescindir la relación laboral
5. Que derechos tiene el trabajador durante el periodo de prueba
El trabajador tendrá los mismos derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe como si fuera plantilla
6. Hace falta visar con antelación para la recepción de un contrato durante el periodo de prueba
(No salvo pacto que indique lo contrario)
7. ¿Cómo se formaliza un contrato de trabajo?
Debe formalizarse tanto por escrito como de palabra
8. Que debe figurar en el contrato de trabajo
-lugar y fecha del contrativo
-individualización de las partes con indicación de nacionalidad y fechas de nacimiento
-determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o cuidado en que hayan que presentarse
-duración y distribución de la jornada de trabajo
-plazo de contrato
-demás partes que acorden
9. Cuando finaliza un contrato de trabajo
Puede terminar cuando se verifique algunas de las causas de terminación contempladas en el artículo 159 del código de trabajo o cuando el empleador le pone termino
10. Cuáles son los tipos de trabajo
- A plazo fijo
- De reemplazo
- Indefinido
- A término fijo
- Laboral
-No laboral
- Por prestación de servicios
- A término indefinido
RETROALIMENTACION CODIGO DE TRABAJO
1. Las entidades que regulan este decreto son.
Promotoras del servicio de salud
2. Las normas contenidas en el presente decreto tienen por objeto.
Ninguna
3. El código de trabajo es basado en la ley.
1 y 2
4. Que significa ARC y cuál es su función.
Administradora de régimen común
5. No podrían imponer restricción que significa requisitos adicionales a la autorización.
Administradora de régimen social
6. Podrá convenir con la forma de contratación y pago que más se ajuste a sus necesidades e intereses.
Entidades de salud
7. Las ARC deberán recibir factores de las instituciones de salud como mínimo durante
Los 20 primeros meses
8. La contratación y pago por capacitación se sujeta las reglas de conformidad con la ley
9. Que es la ARP, EPS cuáles son sus funciones.
Administradoras de riesgos profesionales
10. Que es el código sustantivo de trabajo que contiene y papa que sirve
Es lo que generalmente tiene todo sobre el trabajor y sirve para sus deberes y derechos
RETROALIMENTACION DOCUMENTOS COMERCIALES.
1. ¿que son documentos comerciales?
Son todos los comprobantes extendidos por escrito en los que se deja constancia de las operaciones que se realizan en la actividad mercantil, de acuerdo con los usos y costumbres generalizadas y las disposiciones de la ley.
2.¿cuáles son los documentos comerciales?
Recibo de caja.
Recibo de consignación bancaria.
Comprobante de depósito y retiro.
Factura.
Comprobante de venta con tarjeta de crédito.
Cheque.
Nota de pedido o de compra.
Comprobante de egreso.
Letra de cambio.
Pagare.
Nota débito.
Nota crédito.
Recibo de caja menor o reembolso.
Pedido.
Remito.
Kàrdex.
Cotización.
Conciliación bancaria.
3.¿para qué sirven los documentos?
Desde el punto de vista contable sirven como base para la anotación en los libros o requisitos de contabilidad.
4.¿qué diferencia hay entre el cheque y consignación bancaria?
El cheque, es un documento autorizado para extraer dinero de una cuenta y la consignación bancaria es un comprobante que elaboran los bancos y suministran a sus clientes.
5.¿qué es comprobante de contabilidad?
Es un documento que debe elaborarse previamente al registro de cualquier operación y en el cual se indica el número, fecha, origen, descripción y cuantía de la operación, así como las cuentas afectadas con el asiento. A cada comprobante se le anexan los documentos y soportes que lo justifiquen.
6.¿qué es comprobante de egreso o pago?
Es un soporte de contabilidad que respalda el pago de una determinada cantidad de dinero por medio de un cheque.
7. ¿qué es nota débito?
Es un comprobante que utiliza la empresa para cargar en la cuenta de sus clientes, un mayor valor por concepto de omisión o error en la liquidación de facturas y los intereses causados por financiación o por mora en el pago de sus obligaciones.
8¿qué es nota crédito?
Cuando la empresa concede descuentos y rebajas que no estén liquidados en la factura o cuando los clientes hacen devoluciones totales o parciales de las mercancías.
9¿cómo se clasifican los documentos?
Los podemos clasificar en dos grupos:
Negociables:Son aquellos que poseen un valor comercial dado que se atribuye un derecho o un deber ante un tercer ente.
No negociables:Son aquellos que solo son parte de un registro contable y no se pueden vender.
10.¿para qué sirve la remisión o remito?
Sirve para ejecutar la entrega de los bienes vendidos.
RETROALIMENTACION DEL ESTATUTO TRIBUTARIO
PREGUNTAS
1. ¿Qué es el estatuto tributario?
2. Según el estatuto tributario, ¿Qué es el IVA?
3. ¿En qué libro se encuentra el reglamento de los impuestos?
4. Defina la retención en la fuente
5. ¿Qué son obligaciones tributarias?
6. ¿Qué es la DIAN, según el ETC?
7. ¿Las personas naturales están sometidas al impuesto?
8. ¿El estatuto tributario no le debe faltar a ningún contador público o auxiliar contable?
9. ¿Para qué sirve el estatuto del ETC?
10. ¿Qué contiene el ETC?
RESPUESTAS
1.Es una compilación de normas jurídicas con fuerza de Ley que regulan los impuestos de renta y complementarios, ventas, timbre, retención en la fuente y procedimiento administrativo en relación a dichos tributos y retenciones.
2.Es el impuesto nacional a los consumos que se aplica en cada una de las etapas del proceso económico, en proporción al valor agregado al producto y prestación de servicios.
3.Estatuto tributario.
4.La retención en la fuente es un mecanismo que busca recaudar un determinado impuesto de forma anticipada. De esta forma cada vez que ocurra un hecho generador de un impuesto, se hace la respectiva retención. Así, el estado no debe esperar a que transcurra el periodo de un impuesto para poderlo recaudar, sino que mediante la retención en la fuente, este recaudo se hace mensualmente
5.Las obligaciones tributarias pueden ser materiales y formales. Las obligaciones materiales consisten en el pago de una cantidad de dinero y son:
• La obligación tributaria principal. Tiene por objeto el pago de la cuota tributaria (art. 19 LGT).
• La obligación de realizar pagos a cuenta. Consiste en satisfacer un importe a cuenta de la obligación tributaria principal. Dicho importe podrá deducirse de la obligación principal salvo que la ley propia de cada tributo indique la posibilidad de deducir una cantidad distinta. Es una obligación autónoma respecto de la obligación principal. La obligación de realizar pagos a cuenta puede ser (art. 23 LGT):
o Obligación de realizar retención.
o Obligación de realizar pagos fraccionados.
o Obligación de realizar ingresos a cuenta.
• Las obligaciones entre particulares derivadas del tributo. Son las que tienen por objeto una prestación de naturaleza tributaria exigible entre obligados tributarios. Entre otras las que se generan como consecuencia de actos de repercusión, retención o ingreso a cuenta (art. 24 LGT).
• Las obligaciones accesorias. Son pagos que se deben satisfacer a la Administración tributaria, distintos de los anteriores, y cuya exigencia se impone en relación con otra obligación tributaria. Son obligaciones accesorias el interés de demora, los recargos por declaración extemporánea, los recargos del período ejecutivo así como otras que imponga la ley. Las sanciones tributarias no tienen la consideración de obligaciones accesorias (art. 25 LGT).
Las obligaciones formales no tienen carácter monetario y son impuestas por la normativa a los obligados tributarios, deudores o no del tributo, y cuyo cumplimiento está relacionado con el desarrollo de actuaciones o procedimientos tributarios o aduaneros. Las disposiciones reglamentarias podrán regular las circunstancias relativas al cumplimiento de las obligaciones tributarias formales. Entre otras son obligaciones formales (art. 29 LGT):
• La obligación de presentar declaraciones censales por las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español actividades u operaciones empresariales y profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención.
• La obligación de solicitar y utilizar el número de identificación fiscal en sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria.
• La obligación de presentar declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones.
• La obligación de llevar y conservar libros de contabilidad y registros, así como los programas, ficheros y archivos informáticos que les sirvan de soporte y los sistemas de codificación utilizados que permitan la interpretación de los datos cuando la obligación se cumpla con utilización de sistemas informáticos. Se deberá facilitar la conversión de dichos datos a formato legible cuando la lectura o interpretación de los mismos no fuera posible por estar encriptados o codificados. En todo caso, los obligados tributarios que deban presentar autoliquidaciones o declaraciones por medios telemáticos deberán conservar copia de los programas, ficheros y archivos generados que contengan los datos originarios de los que deriven los estados contables y las autoliquidaciones o declaraciones presentadas.
• La obligación de expedir y entregar facturas o documentos sustitutivos y conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias.
• La obligación de aportar a la Administración tributaria libros, registros, documentos o información que el obligado tributario deba conservar en relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias propias o de terceros, así como cualquier dato, informe, antecedente y justificante con trascendencia tributaria, a requerimiento de la Administración o en declaraciones periódicas. Cuando la información exigida se conserve en soporte informático deberá suministrarse en dicho soporte cuando así fuese requerido.
• La obligación de facilitar la práctica de inspecciones y comprobaciones administrativas.
• La obligación de entregar un certificado de las retenciones o ingresos a cuenta practicados a los obligados tributarios perceptores de las rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.
• Las obligaciones de esta naturaleza que establezca la normativa aduanera.
6.Es la sigla con la cual es conocida la unidad administrativa especial dirección de impuestos y aduanas nacionales de la república de Colombia.
7.Sí, están sometidas a un impuesto.
8.No le debe faltar a ninguno.
9.Sirve para iniciar un negocio
10. Contiene normal y leyes relacionadas con el área fiscal
RETROALIMENTACION DEL CODIGO DE COMERCIO COLOMBIANO
PREGUNTAS
1.¿Que es el código de comercio y cuales son sus funciones?
2. ¿Cómo es el proceso histórico del código de comercio?
3. ¿Qué rige el código de comercio?
4. ¿Cuál es el objetivo del código de comercio?
5. ¿El código de comercio forma parte del derecho privado?
6. Enumere las partes del código de comercio colombiano
7. Según el código de comercio; defina actos mercantiles y contratos mercantiles
8. Según el código de comercio; explique las entidades encargadas de vigilar las sociedades.
9. Defina los títulos valor según el código de comercio colombiano
10. ¿Qué contiene el código de comercio colombiano?
RESPUESTAS
1. Un código de comercio es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho mercantil, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones mercantiles. Y su función es regular mediante la aplicación de la ley las operaciones entre empresas cuya actividad sea la de comercio.
2. Una de las obras más importantes de napoleon fue la Codificación de Derecho. Luego de sistematizar el Derecho Civil, se dedicó a la parte comercial, que reunió en cuatro libros y 648 artículos, con su participación personal. El primer libro se denominaba: “Del Comercio en General”, el segundo libro: “Leyes Particulares del Comercio Marítimo”, el libro tercero: “Quiebra”, y el libro cuarto: “Juicios y Procedimientos a seguir en el Comercio”.
Luego de ser preparado desde el 1 de abril del año 1801, por una comisión de siete integrantes, cuya presidencia la ostentó el Ministro del Interior, Gorneau, el 27 de julio de 1807, a su vuelta triunfal de las campañas contra Rusia, Inglaterra, y Prusia, Napoleón se dedicó, desde el día 28, a dirigir los trabajos que dieran forma final al Código de Comercio, en la Comisión del Consejo de Estado, donde estaba el proyecto detenido desde 1806. Fue promulgado, luego de ser aprobado por partes por la Cámara Legislativa, el 15 de septiembre de 1807, y su vigencia se prorrogó al 1 de enero de 1808.
El Código de Comercio de 1807, no fue el primer intento francés por poner orden a las normas que regían las obligaciones de los comerciantes y los actos de comercio.
Una Ordenanza de 1627, intentó unificar a las normas comerciales, dentro de una variedad de temas. Colbert, ministro de Luis XIV, dictó cinco ordenanzas, entre las cuales figuraba el “Código Savary” en homenaje a su autor, divido en 12 títulos con 122 artículos, cuyo nombre oficial era “Edicto del rey para servir de reglamento al comercio de negociantes y mercaderes al por mayor y al por menor “ sobre legislación de comercio terrestre en 1673,. Se establecieron tarifas impositivas únicas en todo el territorio nacional y normas sobre concursos y balances para evitar el fraude, reglamentando las costumbres comerciales medievales.
Este Código fue perfeccionado en 1774 a través del proyecto de Hue Miromesnil, que pretendió aunar criterios jurisprudenciales, y prácticas comerciales más recientes. En 1681 se dictaron normas para el comercio marítimo Estos proyectos y reglamentos fueron los antecedentes de Código de Comercio de 1807, que reunió las reglas del comercio marítimo y terrestre.
El Código de Napoleón fue un valioso antecedente de los Códigos modernos, europeos (el español de 1885 y el italiano de 1882) y americanos (el brasileño de 1850, el
argentino de 1862, el chileno tres años más tarde, y en 1873, el de Venezuela) pues fue concebido con una visión de universalidad. Trataba de la quiebra y su carácter fraudulento, de la objetividad de los actos de comercio, caracterizado por su ánimo de ganancia o lucro, a los que independizó del carácter de comerciante de sus ejecutores, pero la cambiante realidad comercial, obligó a cambiar muchas de sus disposiciones, a fin de adaptarlo a la realidad de un tiempo muy revolucionaria en materia comercial.
La aparición de la Banca en Francia, el 13 de febrero de 1800, cada vez más influyente, las nuevas formas de sociedades comerciales, el desarrollo del comercio internacional y una industria cada vez más pujante, hicieron que se mantuvieran solo 150 de sus disposiciones.
3. El Código de Comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes.
4.Ordenar la actividad comercial.
5. Si, forma parte del derecho privado.
martes, 29 de marzo de 2011
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